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AVISO – INGRESO A ITALIA DESDE ARGENTINA (medidas vigentes desde el 16 de diciembre de 2021 hasta el 31 de enero de 2022)

Se comunica que, a partir del 16 de diciembre, con la Disposición del Ministro de Salud del 14 de diciembre de 2021 del 14 de diciembre de 2021Argentina ha ingresado en la lista de los Países incluidos en el listado D del adjunto 20 al decreto del Presidente del Consejo de Ministros del 2 de marzo de 2021.

El ingreso a Italia está permitido a las personas que hayan permanecido o transitado, los catorce días precedentes, en uno o más Países o territorios del listado D independientemente de los motivos del viaje (sin necesidad de presentar en el momento del embarque, a las autoridades que estén encargadas de efectuar controles, la nota consular y la relativa documentación justificativa del viaje) y bajo las siguientes condiciones:

  1. Completar un formulario on-line de localización (denominado también digital Passenger Locator Form (dPLF) y presentarlo, en el celular o impreso, a la compañía en el embarque, y a las autoridades que efectúen controles;
  2. Presentar a la compañía, en el embarque, y a las autoridades que efectúen controles, la certificación “verde” COVID-19, que certifique el ciclo completo de vacunación o certificación equivalente, emitida por las autoridades sanitarias competentes después de haberse vacunado con vacunas validadas por EMA (la Agencia Europea de medicamentos);
  3. Presentar a la compañía, en el embarque, y a las autoridades que efectúen controles, un certificado que certifique el resultado negativo de un test PCR o de un test de antígenos, a través de hisopado, efectuado dentro de las 72 hs. precedentes a la llegada a Italia si es PCR o dentro de las 24 hs. precedentes al ingreso en el territorio italiano si es de antígenos.

En caso de no poseer la certificación del punto 2 (certificado de vacunación) es posible de todas formas ingresar a Italia, pero es obligatorio:

  • Realizar test PCR o de antígenos (72 horas en el primer caso; 24 horas en el segundo);
  • Realizar aislamiento por cinco días informando la ASL competente para activar los controles de la misma, en el domicilio informado en el formulario. Se deberá llegar al mismo con medios privados.
  • Efectuar un nuevo PCR o test de antígenos, a través de hisopado, al finalizar los 5 días de aislamiento.

Desde el 23 de septiembre el Ministerio de Salud italiano ha reconocido (con esta Circular) la equivalencia de algunas vacunas, suministradas en el exterior, a aquéllas efectuadas en Italia según el Plan nacional de vacunación para la prevención del SARS-CoV-2. Se trata, especificamente, de:

  • Vacunas reconocidas por EMA – Agencia Europea de los Medicamentos (ver Adjunto n. 1 de la Circular);
  • Covishield (Serum Institute of India), producida con licenza de AstraZeneca;
  • R-CoVI (R-Pharm), producida con licencia de AstraZeneca;
  • Covid-19 vaccine-recombinant (Fiocruz), producida con licencia de AstraZeneca.

Como consecuencia de este reconocimiento:

  • Los ciudadanos italianos (también residentes en el exterior) y sus familiares convivientes, independientemente si están o no inscriptos en el Servicio Sanitario Nacional o al SASN (Asistencia Sanitaria para el Personal Navegante), y todos aquellos inscriptos bajo cualquier categoría en el Servicio Sanitario Nacional que estén vacunados en el exterior con las vacunas antes mencionadas o que hayan cursado la enfermedad COVID-19, podrán solicitar, cuando se encuentren en territorio italiano, la emisión del Green Pass, concurriendo a las ASL (Agencias Sanitarias) competentes por domicilio.
  • Todos los demás ciudadanos extranjeros vacunados en el exterior con las vacunas antes mencionadas tendrán el derecho de admisión, en el territorio nacional, a todos los lugares y servicios para los cuales se exija presentación de Green Pass.
  • Para poder ser reconocidas como equivalentes al Green Pass, las certificaciones sobre las vacunas aplicadas en el exterior deberán contener las siguientes informaciones: datos identificativos del titular, datos de la vacuna, fechas de suministro, datos del emisor del certificado; deberán además estar redactadas en italiano, inglés, francés, español o alemán o, si estuviesen en otro idioma, estar acompañadas por traducción pública.