En el caso en el cual el reconocimiento o la declaración judicial de la filiación se refiera a un mayor de edad, éste adquirirá la ciudadanía italiana sólo desde el momento en que manifieste una voluntad en ese sentido mediante el acto jurídico de «elección de la ciudadanía».
La sentencia n. 5518/2024 de la Corte de Casación ha proporcionado una nueva interpretación del art. 2, párrafo 2, de la ley 91/1992, por la cual la adquisición de la ciudadanía por parte del hijo reconocido o declarado judicialmente durante su mayoría de edad se aplica desde la fecha de su nacimiento, abarcando así también a los eventuales descendientes.
Requisitos
- Es necesario que el padre del que se quiere elegir la ciudadanía italiana sea ya ciudadano italiano. Si el padre no es ciudadano, deberá solicitar una cita para la reconstitución antes de proceder a la ciudadanía del hijo mayor reconocido;
- El pago que se realiza como hijo reconocido durante la mayoría de edad tiene un coste de 250€ a pagar al Ministerio del Interior (ver abajo cómo hacer el pago). No se aceptan pagos en el consulado;
- Es necesario que el/la solicitante sea residente en la circunscripción consular de competencia del Consulado General de Italia en Rosario. Deberán ser proporcionadas pruebas de residencia.
- Deberá solicitar una cita por correo electrónico a la siguiente dirección: rosario.cittmatrim@esteri.it, especificando en el asunto “elección de ciudadanía por reconocimiento de filiación en la mayoría de edad” y adjuntando su acta de nacimiento con la anotación marginal relativa al reconocimiento.
Procedimiento:
La elección de ciudadanía es válida solo si se efectúa dentro un año de la eficacia de la medida para el ordenamiento italiano (art. 2, comma 2, legge n. 91/1992).
El solicitante deberá preparar y anticipar por mail (rosario.cittmatrim@esteri.it) la siguiente documentación:
- Acta de nacimiento con la anotación marginal del reconocimiento por vía administrativa o judicial, debidamente traducida al italiano;
- El acta de reconocimiento expedida por el Registro Civil de la ciudad en que se ha producido, debidamente traducida al italiano y apostillada.
O bien
- Copia de la sentencia con el relativo certificado de cosa juzgada, apostillada y traducida al italiano.
RECONOCIMIENTO DE LA FILIACION POR VIA ADMINISTRATIVA:
Se hace presente que por la ley argentina, el acta de reconocimiento puede ser expedida únicamente a los interesados directos, por lo tanto será responsabilidad del solicitante solicitarlo personalmente al Registro Civil competente.
Para que sea válido en Italia un reconocimiento de filiación efectuado en Argentina por el registro civil, es necesario que el reconocido dé su consentimiento al reconocimiento mediante la declaración de consentimiento al reconocimiento (art. 250 del Código Civil).
Para eso se deberá solicitar un turno por mail.
Al firmar la declaración de consentimiento para el reconocimiento, el solicitante deberá presentar su acta de nacimiento y el acta de reconocimiento con apostilla y traducción en original.
Deberá abonar la tarifa consular correspondiente a la firma auténtica sobre la declaración de consentimiento (art. 24 de las Tarifas de los servicios consulares) y al pago por la expedición del certificado de ciudadanía a nombre del padre italiano (art. 4 de la Tarifas de servicios consulares).
Estos pagos deben ser realizados por giro postal («Giro postal» del «Correo argentino» a nombre del Consulado General de Italia, suc. 300 o 313).
Desde la fecha en que se firma la declaración de consentimiento al reconocimiento el/la solicitante tendrá 1 año para efectuar la elección de ciudadanía italiana.
Reconocimiento de filiación por vía judicial
En caso de reconocimiento de filiación por vía judicial no se prevé el consentimiento al reconocimiento. El solicitante podrá tomar una cita en vía e-mail y presentar en original el acta de nacimiento con anotación al margen traducida al italiano y copia de la sentencia con el correspondiente certificado de cosa juzgada, apostillada y traducida al español.
ATENCIÓN la declaración de ciudadanía deberá realizarse en el plazo de un año desde la emisión de la medida extranjera.
Declaración de elección de la ciudadanía italiana
Una vez firmada la declaración de consentimiento al reconocimiento (si es necesario), el solicitante podrá concertar una cita via e-mail para efectuar la declaración de elección de la ciudadanía italiana. Deberá presentarse junto con dos testigos de su elección, enviando por correo electrónico copia de los DNI de los testigos.
También deberá presentar el recibo de pago de la contribución obligatoria de 250€ a realizar mediante transferencia bancaria al Ministerio del Interior. El recibo deberá estar sellado y firmado por la sucursal donde se realizó la transferencia. No se aceptan «orden de pago» o «orden de transferencia». Debe aparecer como una transferencia ya realizada.
Además deberá entregar el giro postal del Correo Argentino (a nombre del Consulado General de Italia en Rosario suc. 300 o 313) para el pago de la certificación de firma que se colocará en la declaración de elección (art. 24 de las Tarifas de Derechos Consulares).
Se precisa que la elección de ciudadanía no se configura como una naturalización, surtiendo efecto desde el día siguiente a la fecha en que se efectúe la declaración de elección, sino que gracias a la nueva interpretación de la Corte de Casación, esta tendrá efecto retroactivo desde el nacimiento, abarcando así también a los posibles descendientes.
Los cónyuges extranjeros de ciudadanos que hayan adquirido la ciudadanía italiana de esta manera, pueden presentar una solicitud de naturalización en virtud del art. 5 de la Ley 91/1992 siguiendo los requisitos previstos para la naturalización iure matrimonii (ver https://consrosario.esteri.it/it/servizi–consolari-e-visti/servizi-per-il-citizeno-straniero/citizenanza/citizena-al-coniuge-iure-matrimonii/).
Los hijos menores de la persona reconocida en su mayoría de edad pueden ser reconocidos como ciudadanos italianos según los procedimientos ya previstos para la ciudadanía «iure sanguinis».
Cómo hacer la transferencia para la contribución de 250 €:
Cuenta corriente postal a nombre del “Ministero dell’Interno D.L.C.I. – Cittadinanza”
Causa del pago (nombre, apellido, elección de ciudadanía por reconocimiento de filiación en la mayoría de edad)
Codigo IBAN relativo al c/c mismo: IT54D0760103200000000809020
Codigo BIC/SWIFT de Poste Italiane:
- para transferencias al extranjero: BPPIITRRXXX
- para operaciones Eurogiro: PIBPITRA