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Pasaporte para menores de edad

Todos los menores deben poseer un pasaporte individual; a los fines de su emisiòn, es necesario el consentimiento de ambos padres (ver cómo se otorga el consentimiento).
El pasaporte es emitido con validez de tres años de para los menores de 0 a 3 años, con validez de cinco años para los menores de 3 a 18 años. Desde el cumplimiento de los 12 años en adelante, es necesario tomar las huellas digitales y la firma digitalizada de los menores.
Nota: Antes de emprender un viaje, se sugiere contactar siempre las Representaciones Diplomáticas de los Países de destino, a fin de verificar las formalidades requeridas para el ingreso.
Para el otorgamiento de pasaportes a menores de 18 años es necesaria la presencia del menor para quién se solicita el pasaporte.

Declaración de acompañamiento del menor

Hasta el cumplimiento de los 14 años, los menores italianos pueden expatriar con la condición de que viajen acompañados por lo menos por uno de los padres o de quien ejerza la tutoría, o también que se mencione en el pasaporte, o en una declaración de acompañamiento – emitida por quien puede dar la autorización en base al articulo 3 letra a de la Ley n. 1185 del 21 de noviembre de 1967, legalizada por la autoridad competente (Questura en Italia, Oficina Consular en el exterior) – el nombre de la persona, del ente o de la compañía de transporte a los cuales los menores hayan sido dejados bajo su cuidado.

  • la declaración de acompañamiento puede ser emitida para un solo viaje (debe entenderse para egreso y/o ingreso) del país de residencia del menor con un destino determinado y no puede exceder, por norma, el termino máximo de seis meses;
  • se precisa entregar copia del pasaje aéreo con itinerario;
  • los que tuviesen la responsabilidad como padres o tutores pueden indicar hasta un máximo de dos acompañantes que se alternaran entre ellos;
  • al realizar la declaración de acompañamiento, los que ejerzan la responsabilidad de padres o de tutoría, pueden solicitar que los nombres de los acompañantes, la duración del viaje y la destinación sean impresos en el pasaporte del menor o en alternativa que dichos datos figuren en una constancia por separado que será emitida por la Oficina competente;
  • en el caso en que el menor sea dejado bajo el cuidado de un ente o de una compañía de transporte, para garantizar de forma completa y legitima los datos relativos al viaje, será emitida únicamente la constancia. Se sugiere que, antes de comprar el pasaje de la compañía de transporte, se verifique si la misma permite que el menor sea dejado bajo su cuidado.

Hacer click para imprimir la declaración de acompañamiento para presentar en el Consulado General a los fines de la emisión de la constancia de acompañamiento o de la impresión del pasaporte.